
Como Decano-Presidente me gustaría darte la bienvenida a esta web.
El Consejo General de Colegios Of. de Químicos de España es una
organización profesional con más de 50 años de historia,
que en base a los fines y funciones que le atribuye su Estatuto aprobado por
Real Decreto 3428, de 15 de diciembre de 2000, se constituye como el referente
para la profesión química, representando en la actualidad a un
colectivo de doce mil colegiados.
Por lo tanto, el Consejo General es el órgano integrador de los profesionales
químicos a los que aglutina en un grupo comprometido con muy diversos
sectores. Con este fin promueve el avance del ejercicio de la química
hacia la calidad y la excelencia profesional, basados en criterios de ética,
evidencia científica, autonomía y responsabilidad profesional.
Además de ser el órgano representativo de los distintos Colegios,
el Consejo General tiene la potestad de representar al conjunto de la profesión
tanto en el orden internacional como el nacional con el fin de contribuir al
fortalecimiento del estatus y la práctica de la profesión química
y representar y defender los intereses de los químicos en España,
y de forma global, en los países con los que mantiene relaciones internacionales.
Las normas básicas de esta organización son la Ley de colegios
Profesionales (Ley n1 2/1974, de 13 de febrero, en su actual redacción
tras la Ley 7/1997, de 14 de abril) y los recientes Estatutos Generales aprobados
por Real Decreto 3428, de 15 de diciembre de 2000, en los cuales se recogen
la estructura corporativa con los nuevos órganos del Consejo General,
sus competencias y los principios básicos del ejercicio de la profesión
química.
De acuerdo con dicha normativa, corresponde al Consejo General Químicos
entre otras funciones:
- Ordenar en el ámbito de su competencia y de acuerdo con la Constitución
y las Leyes el ejercicio de la profesión química.
- Representar con carácter exclusivo a la profesión química
en los ámbitos nacional e internacional.
- Defender y proteger los intereses de los profesionales y de la química,
ejerciendo la potestad disciplinaria y resolviendo los recursos que procedan.
Para ampliar toda esta información o plantear cualquier duda que pudiera
surgir quedamos todos los miembros del Consejo General a tu entera disposición.
Un cordial saludo,
Baldomero López Pérez
|